jueves, 16 de octubre de 2014

El fuego: (XV) El fuego y la justicia


historia del fuego, incendios, extincion

   El fuego ha sido desde tiempos inmemoriales instrumento de justicia para actos punibles por la ley y desde la lesión corporal al suplicio o muerte, se ha utilizado para aplicar sentencias en delitos causados por los hombres. Durante siglos, la justicia humana infligió castigos tan espeluznantes como refinados y se puso en evidencia tanto el poder despótico de las sociedades sordas al perdón y a la caridad, como la perseverancia de los delincuentes al continuar sus desmanes a pesar de los horribles castigos.   Por la ley de Moisés, se condenaba a la "hoguera" a la prostituta (Lev. XXI, 9) y a los convictos de incesto entre madre e hijo (Lev. XX, 14). Los hebreos aplicaban este castigo de dos formas distintas: prendiendo fuego a la pira bajo el reo "combustión del cuerpo" o vertiendo plomo derretido en su boca "combustión del alma", siendo este último el suplicio más frecuente.

   La legislación más antigua que se conoce tiene casi 4.000 años y está grabada en el Código de Hamurabi, conjunto de leyes del Imperio Babilónico del siglo XVII a. de C. Actualmente se halla expuesta en el Museo de Louvre de París en la sala destinada a las antigüedades asirio-babilónicas. Entre otras prescripciones puede leerse lo siguiente: "..El que acuda a sofocar el incendio de una casa y se apodere de alguna pertenencia de la misma, será arrojado al fuego que había ido a combatir...".    La "Prueba del fuego", fue la más extendida de las "ordalías" o juicios de Dios, a que se sometían los acusados en la Edad Media, para demostrar su inocencia, convencidos aquellos que se consideraban difamados, de la intervención divina en su favor. La mayoría de "ordalías" se celebraban en público y consistía en tocar con la mano o llevarse a los labios un hierro candente u otras pruebas por el estilo. Si el acusado no se quemaba, su inocencia era palpable. Sin embargo, cuando el sospechoso era noble, podía ser sustituido por uno de sus siervos si era su deseo, al que se llamaba "inocens" en los documentos. 
   En España se quemaron vivos a los pederastas en tiempo de los visigodos y anteriormente durante la romanización siguiendo las leyes del Imperio, el crimen de incendio fue castigado durante mucho tiempo con la hoguera. El fuego como castigo al delito, continuó vigente hasta el siglo XVII de la mano de la Santa Inquisición, que se sirvió de él para castigar la herejía religiosa. De acuerdo con las leyes y costumbres de la época, sufrieron tortura inquisitorial por parte del Santo Oficio unas 341.021 personas. Estas cifras aplicadas a España, son consideradas exageradas por varios historiadores, aunque aún resultan inferiores a evaluaciones efectuadas en otros países. Fuera de España y entre los personajes célebres que hallaron la muerte en la hoguera "purificadora" de variado signo, hay que citar a Juana de Arco, Giordano Bruno, Juan de Hus y Miguel Servet, entre un largo etcétera.
   Durante la Edad Media, el Derecho positivo establecido por las leyes se desestima, sobre todo en las zonas rurales. En su lugar las "ordalías", práctica antiquísima propia de los pueblos más primitivos, resurgen en España y sustituye poco a poco de la conducta de los hombres las compilaciones legales desvirtuadas en principio por los mismos que las ejercen. La única ley y moral se halla en Dios y son los mismos acusados o difamados que se saben inocentes, los primeros en someterse a las "ordalías" o juicios de Dios, convencidos de la intervención del Omnipotente en favor de su inocencia. Por ello, los acusados de delito de incendio, se sometían esperanzados a la "ordalía" del fuego, que fue la práctica más extendida en la Península Ibérica entre los siglos IX-XII y que consistía en tocar con la mano un hierro candente; si el acusado no se quemaba era prueba de inocencia.
   Otras veces, la prueba consistía en lamer una cuchara al rojo vivo, verter sobre la piel aceite hirviendo, o recorrer con los pies descalzos una “alfombra de brasas”. No importaba que el inocente aullara de dolor, porque era prueba reveladora de culpabilidad. Además de las “pruebas caldarias” podía escogerse también el agua, el veneno, el combate y otras. Todos eran medios válidos para averiguar la verdad de un caso a través de la justicia de Dios, previo juramento de rogar la muerte en caso de perjurio.
   En Asturias, la “prueba del fuego” y las “aguas amargas”, para la mujer acusada de adulterio, era forma de resolver estas acusaciones y en Navarra, fueron populares las ordalías, siendo la más usual la prueba de los “cirios encendidos”, resultando libre de culpa el acusado que empuñaba el cirio que más tardaba en consumirse. En la zona musulmana peninsular, la ordalía más extendida fue la “prueba del fuego” que consistía en caminar descalzo sobre un recorrido de ascuas. Como la ley de Mahoma prohibía las ordalías, la mayoría de veces no se efectuaba el juramento invocatorio. De la misma forma, cuando un acusado se declaraba culpable, no eran necesarios estos actos de justicia.
   En 1322 el Concilio de Valladolid promulga la pena de excomunión a todos aquellos que practiquen “ordalías” y aunque el poder civil impuso graves condenas a instigadores y practicantes de este bárbaro medio de conocimiento de la verdad y pareció extinguirse totalmente, aún hoy, aunque muy aislados, se dan casos de “ordalías” en España. 
   Al igual que otros pueblos primitivos diferentes en culturas y épocas, los incas, mayas y aztecas del Nuevo Mundo descubierto por los españoles, usaban el fuego para ofrecer “sacrificios” a sus dioses. 
   Cada año durante la gran fiesta del Sol que se celebraba en Junio, se encendía el fuego sagrado y el gran sacerdote del Templo en una ceremonia ritual, confiaba el fuego a las “vírgenes” del sol, que debían mantenerlo permanentemente en sus claustros.


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